
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció modificaciones en los trámites y cargos a abonar tanto en el derecho anual de actuación de agentes institorios como en el derecho anual de inscripción de sociedades y productores asesores de seguros.
SSN: modificaciones
Derecho anual de actuación de agentes institorios
Las modificaciones realizadas por el organismo de control sobre el derecho anual de actuación de agentes institorios son las siguientes.
Importe a abonar
El importe a abonar en concepto de derecho anual de actuación correspondiente al año 2025 será de $160.000. El vencimiento operará el 30 de abril de 2025.
Pagos vencidos realizados hasta diciembre
Los pagos efectuados con posterioridad al 30 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2025 sufrirán un recargo del cincuenta por ciento (50%), debiendo abonar $240.000.
Pagos vencidos realizados a partir de 2026
A partir del 1° de enero de 2026, el recargo será del 100%, calculado en base al importe del derecho anual de actuación vigente al momento del pago.
Boleta electrónica
A los fines de abonar el derecho de actuación, deberán generar una boleta electrónica mediante el sistema eRecauda, cuyo instructivo podrá ser descargado desde el sitio web de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Derecho anual de inscripción de productores asesores de seguros y sociedades de productores de seguros
Las modificaciones realizadas por el organismo de control en el caso del derecho anual de inscripción de productores asesores de seguros y sociedades de productores de seguros son las siguientes.
Importes
Los importes a abonar en concepto de derecho anual de inscripción correspondiente al año 2025 serán los siguientes.
Productores asesores de seguros
Los productores asesores de seguros deberán abonar $25.000. El pago deberá ser realizado a través del sistema REPAS. Para más información sobre como efectivizarlo, puede acceder a al siguiente enlace.
Sociedades de productores de seguros
$100.000. Para realizar el pago se deberá descargar la boleta a través del sistema e-Recauda. Mediante el siguiente enlace se puede acceder al instructivo para generar la boleta.
Vencimientos
En ambos casos el vencimiento operará el 30 de abril de 2025.
Pagos vencidos realizados hasta diciembre
Los pagos efectuados con posterioridad al 30 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2025 sufrirán un recargo del 50% abonando $37.500 en el caso de los productores asesores de seguros y de $150.000 en el caso de las sociedades de productores de seguros.
Pagos vencidos realizados a partir de 2026
A partir del 1° de enero de 2026, el recargo será del 100%, calculado en base al importe del derecho anual de inscripción vigente al momento del pago.
Mantenimiento en caso de suspensión voluntaria
El importe a abonar en concepto de mantenimiento de inscripción para los casos de suspensión voluntaria en el registro de productores asesores de seguros correspondiente al año 2025 será de $4.000.
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