Condenan a un frigorífico: la ART no debe hacerse cargo de la reparación

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En los autos “Vallejos María del Carmen c/ Galeno ART S.A. y otros s/ accidente de trabajo”, la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario condenó a la dueña de un frigorífico por las lesiones en el hombro que sufrió una empleada que debía manipular grandes cantidades de materia prima por día.

Según un informe de Diario Judicial, los camaristas confirmaron la sentencia de la anterior instancia que ordenó la reparación integral otorgada a la trabajadora a cargo de su empleadora, por ser quien debía prevenir los riesgos que sufrió la mujer.

Los miembros del Tribunal también resolvieron revocar la sentencia que obligó al seguro a abonar la reparación. Señalaron en este sentido que ni la demanda ni el juez lograron citar una norma que prevea la inspección del lugar de trabajo en un lapso específico y, por ello, la ART codemandada sólo deberá responder en los límites del seguro por riesgos del trabajo.

Según las pericias médicas aportadas a la causa, la trabajadora sufrió lesiones que le significaron el 1,5% de incapacidad física.

La demandante se desempeñaba como “charqueadora”, una actividad común en la industria de la carne, y manipulaba más de mil reces por día, una tarea de esfuerzo físico guarecida bajo el concepto de “riesgo”.

Finalmente, los magistrados ordenaron a la empleadora a abonarle a la mujer la suma de 62.614,03 pesos.