Vuelo demorado: la Justicia condena a aerolínea por daño moral y material

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Según informó Diario Judicial, un pasajero de avión que viajaba desde Estados Unidos sufrió una demora de dos días para abordar el vuelo que lo traería de regreso al país desde Nueva York. Demandó a la aerolínea y a la intermediaria por incumplimiento contractual, obteniendo una sentencia favorable en primera instancia. El juez consideró que la aerolínea debía abonar 5 mil pesos por daño moral más intereses, rechazando la demanda contra la intermediaria. Luego, la Cámara Civil y Comercial Federal admitió un recurso de apelación y modificó la sentencia, condenando a la empresa al pago de daño material y moral.

Caso

Fue en el caso “E., M. I.c/ Latam Airlines Group Sa y Otro s/Incumplimiento De Contrato”, cuya sentencia motivó una apelación del actor agraviado porque no se otorgaran los restantes rubros reclamados, la forma en que se distribuyó las costas y la falta de legitimación pasiva de la codemandada.

Los camaristas Florencia Nallar, Eduardo Daniel Gottardi y Alfredo Silverio Gusman de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal entendieron que la codemandada intermediaria en la compraventa de los pasajes no había actuado negligentemente al mantener informado en todo momento a los pasajeros sobre los cambios de itinerario y que la demora sólo era atribuíble a la aerolínea que retrasó el vuelo. Debido a ello, sobre la primera, la acción no podía prosperar al romperse con la solidaridad del artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor por demostrarse que la causa del daño fue ajena.

“En cuanto a la codemandada, si bien la aerolínea canceló el vuelo que el actor tenía previsto, le dio otras opciones, primero para ese mismo día 45 minutos después. La diferencia radicaba en la cantidad de horas de vuelo ya que la segunda propuesta implicaba un viaje de 24 horas con doce de escala. Le envió una segunda propuesta el mismo día de la partida del vuelo”, contaron en Diario Judicial.

Condena

Por ello, los jueces entendieron que el reclamo del actor por daño material que incluyó la compra de otro pasaje para volverse y los gastos de hotel y comidas debía revisarse ya que no se podía obligar al actor a aceptar un vuelo de 24 horas de duración ni culparlo de no estar mirando el correo electrónico permanentemente, por lo que aparecía como una respuesta lógica adquirir otro pasaje para poder volver al país a cumplir con sus obligaciones laborales. Por ello admitieron el monto reclamado por los pasajes (782,8 dólares).

No obstante, los gastos de hotel, comida y traslados no fueron admitidos ya que el actor no logró acreditar los gastos realizados. Si bien era razonable suponer que existieron gastos, llamaba la atención que el actor no pueda aportar ni una sola constancia de pago, ya sea por el hotel (el cual tampoco identificó) u otros gastos, habiendo además alegado que tenía amigos en la ciudad. A esto se sumó que que cuando discutía por correo con la compañía, dejó en claro su intención de reclamar el resarcimiento posterior, lo que haría suponer que guardaría los comprobantes.

En cuanto al daño moral, los magistrados consideraron que era oportuno elevar la suma a 100 mil pesos por la angustia e incertidumbre que la situación generó y la falta de explicación de la aerolínea.

Rechazos

Por último, rechazaron los rubros pérdida de chances y daño punitivo. El primero lo negaron por no lograr acreditarse ya que la mera ausencia a una reunión con la universidad no implicaba por sí sola la existencia de un daño. En cuanto al segundo, por no darse los presupuestos en el caso.

El fallo completo puede leerse y descargarse aquí.

 

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