La Justicia ordenó que un banco constituya un plazo fijo en dólares con una indemnización de una ART abonada a menores

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Una jueza de Córdoba ordenó a un banco que constituya un plazo fijo en dólares con una indemnización en pesos abonada por una ART a dos menores, informó Diario Judicial. En su fallo, la magistrada consideró “absurdo” que el depósito pague algún tributo. Asimismo, abogó por “mantener hábil e íntegro el dinero percibido por estas menores y su valor de cambio”.

Indemnización

En los autos del fallo, el Juzgado de Conciliación y Trabajo de 9° Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó al Banco de Córdoba que, en 48 horas, constituya un plazo fijo en dólares con una indemnización en pesos. Este resarcimiento fue abonado por una ART a dos niñas por la muerte de su padre.

También se ordenó que la entidad financiera no le cobre el 30% previsto por la Ley N° 27.541 (más conocido como impuesto PAIS). Tampoco deberán debitarle el 35% en concepto de Impuesto a las Ganancias, según lo establecido en la Resolución General N° 4.815/2020 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En el caso se le requirió al banco que con la suma acordada por el fallecimiento del progenitor a raíz de una enfermedad profesional “se constituya un plazo fijo en dólares de moneda estadounidense debido a la situación actual económica del país y a la constante devaluación y depreciación del peso argentino, informando esta entidad financiera el resultado del cambio de moneda”.

Derechos

La jueza María de los Angeles Morello destacó que el tribunal está obligado a atender “primordialmente al interés superior del niño”. En este sentido, debe tomar “todas las medidas necesarias para remover los obstáculos que pudiesen existir para que los individuos puedan disfrutar de los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño”.

Para la jueza, era “absurdo” detraer del beneficio que percibieron las niñas un 30% en concepto de Impuesto PAIS y un 35% por el Impuesto a las Ganancias. Esto debido a que dicha operación de compra de moneda extranjera no tiene un fin especulativo, ni de atesoramiento en términos financieros.

Protección

Las menores son beneficiarias de la indemnización laboral. Por ello, la magistrada resaltó la necesidad “mantener hábil e íntegro el dinero percibido por estas menores y su valor de cambio”.

La finalidad perseguida con la transformación del plazo fijo en pesos a dólares es tuitiva y de protección a las menores”, añadió la magistrada, replicada por Diario Judicial. Así, advirtió la mayor estabilidad que “sostuvo la moneda norteamericana con el paso del tiempo, lo que no ocurrió con la moneda nacional”.

Para leer el fallo completo, los interesados pueden ingresar aquí.

 

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