Mediante la Circular IF-2022-79451840 dictada el 2 de agosto, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso que las aseguradoras y las reaseguradoras que al 30 de junio del presente año posean títulos públicos nacionales en pesos ajustados por CER y que los mantuvieran en cartera al momento de la entrada en vigencia de la presente circular, podrán optar para su valuación por el valor técnico de dichos títulos (punto 39.1.2.4.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora).
La circular completa puede leerse y descargarse aquí.
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