Mediante la Resolución N° 474 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificó los requisitos para la obtención de la matrícula de productor asesor de seguros.
Ahora, el aspirante a la obtención de la matrícula que cursó y aprobó el correspondiente Programa de Capacitación para Productores estará facultado, en consideración de una misma cursada, a presentarse para rendir en un máximo de tres oportunidades en los tres turnos de examen subsiguientes. Estos se computarán desde la fecha de finalización del curso y los aspirantes abonarán un derecho de examen por cada presentación. Transcurrido dicho periodo sin inscribirse o aprobar, deberá efectuar un nuevo curso y presentarse nuevamente a examen.
La resolución completa puede leerse aquí.
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