La SSN hizo lugar a un pedido de FAPASA

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A través de la Resolución Nº 504, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificó la prohibición del artículo 3 de la Resolución Nº 332. La misma no permitía comercializar seguros en locales donde se ofrecen otros productos o servicios ajenos a la actividad aseguradora. Cabe recordar que la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de Argentina (FAPASA) lo había solicitado a la SSN el pasado 26 de octubre.

Ahora, el ofrecimiento público de contratos de seguros no se podrá concretar en locales en los que sean ofrecidos otros productos o servicios ajenos a la actividad aseguradora, cuando tal ofrecimiento no sea realizado por parte de aseguradoras, productores asesores de seguros, sociedades formadas por productores asesores de seguros o agentes institorios.

De esta manera, “la normativa permite solo a los productores, los organizadores o las aseguradoras la comercialización de seguros en oficinas en las que también se brinden servicios o productos de otros rubros. Por ejemplo, el caso de productores que también ejercen como abogados, contadores u otras profesiones”, resaltaron desde FAPASA.

Asimismo, la obligatoriedad de la exhibición del Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros (CAOPCS) será exigible desde el 1° de marzo de 2021. En tanto, los correspondientes certificados de la web de la SSN podrán descargarse a partir del próximo 1º de febrero.

Finalmente, “desde FAPASA agradecemos la buena predisposición de la SSN para acceder a la modificación de la norma aludida. Se atendieron las razones argumentadas por esta Federación y por las cámaras empresarias del sector”, concluyeron.

Para acceder a la Resolución Nº 504, ingresar aquí.

Otras resoluciones

– Inscriben a Banco de Desarrollo de Jujuy en el Registro de Agentes Institorios (Resolución SSN N° 500).

– Rehabilitan en el Registro de Productores Asesores de Seguros a las personas humanas que se mencionan en el anexo disponible aquí (Resolución SSN N° 502).

 

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