Todo Riesgo tuvo acceso a un proyecto en el que está trabajando la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) con algunas modificaciones al Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA). En particular, se apunta a las cuestiones relacionadas con transferencias de acciones y aportes de capital.
El organismo de contralor considera que la Resolución Nº 989/2018 flexibilizó demasiado el RGAA, tornando a la norma demasiado laxa, al punto de considerar que en la actualidad es imposible cumplir con exigencias básicas para un control adecuado del mercado.
Especificaciones
El espíritu que persigue la SSN con esta modificación tiene que ver con transparentar los aportes de capital y las ventas de acciones, procurando que el organismo deje de enterarse de estos movimientos “luego de perfeccionados los actos”, tal figura en el documento. En ese sentido, se apunta a modificar el inciso K) del artículo 7.1.1 del RGAA.
De esta manera, se pretenden regularizar las prácticas vinculadas al capital, su integración y aumento, procurando que los aportes en ningún caso puedan realizarse en dinero efectivo y se efectúen exclusivamente por medio de transferencias bancarias a cuentas de la entidad, provenientes de cuentas cuya titularidad sea del aportante, con consignación de la entidad bancaria de origen, número de cuenta y CBU.
Para los casos de aportes mediante títulos públicos con cotización diaria en los mercados de valores, la SSN pretende que, a partir de ahora, provengan de la cuenta comitente del aportante y se incorporen a valor de cotización.
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