La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificó las sumas aseguradas consideradas en la definición de grandes riesgos.
SSN
Resolución 471
A través de la Resolución 471, la autoridad de contralor definió se considerarán grandes riesgos a aquellos que posean sumas aseguradas superiores a tres millones quinientos mil unidades de valor adquisitivo. Además, establecieron que podrán ser comercializadas sin autorización previa.
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