Mediante la resolución 335/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso revocar la autorización para operar en seguros oportunamente conferida a Boston Compañía Argentina de Seguros.
Además, se le prohíbe a la aseguradora realizar actos de administración respecto de sus disponibilidades, a cuyos fines se dispone la inhibición general de bienes para alcanzar la totalidad de sus cuentas bancarias, incluyendo las cuentas corrientes.
Se hace saber a los miembros de los órganos de administración y fiscalización de la compañía que la revocación de la autorización para operar implica su disolución automática en los términos del artículo 163 inc. j) del Código Civil y Comercial de la Nación y su inmediata liquidación forzosa, debiendo abstenerse de celebrar actos de disposición de sus bienes, como también los de administración que se le prohíben, hasta tanto la SSN asuma su liquidación.
La presente resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la ley 20.091.
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