SSN: aplicación de la fórmula de cálculo para la RTIP

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La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) puso en conocimiento una aclaración y un criterio de aplicación de la fórmula de cálculo correspondiente a la reserva técnica por insuficiencia de primas (RTIP) definida en el punto 33.2 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.

Para acceder a la circular con las novedades acerca de la fórmula de cálculo para la RTIP , ingresar aquí.

Comité de Seguridad de la Información

En otro orden, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) creó el Comité de Seguridad de la Información. El mismo será responsable de garantizar el apoyo de las autoridades a las iniciativas de seguridad de la información.

Dicho Comité quedará conformado por los titulares de la Gerencia General, la Gerencia Técnica, la Gerencia de Control Prestacional, la Gerencia de Prevención, la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas, la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Subgerencia de Recursos Humanos, y futuras gerencias y subgerencias que en lo sucesivo pudieran reemplazar a las áreas mencionadas (Resolución SRT Nº 77).

Más resoluciones

– Inscriben en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros a Aseguralo Productores Asesores de Seguros (Resolución SSN N° 398).

– Eximen a los egresados de la carrera de Tecnicatura Superior en Seguros, dictada por el Centro de Estudios Superiores propiedad de la entidad Fundación Aldhyana. Esto en lo atinente a la obligación de rendir el examen de competencia previsto en el artículo 4 inciso c) de la Ley N° 22.400 (Resolución SSN N° 397).

 

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