Aportes al Fondo de Reserva para Financiar el Funcionamiento de las Comisiones Médicas

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Mediante la resolución 41 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) determinó que el monto mínimo del Fondo de Reserva para Financiar el Funcionamiento de las Comisiones Médicas estará constituido por la sumatoria de los aportes en concepto de trámites previsionales y de trámites laborales, los que deberán ser integrados por la Administración de la Seguridad Social (ANSES) y las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y empleadores autoasegurados (EA), respectivamente. A tales efectos, el organismo dictará un acto determinando el aporte en materia previsional y otro determinando el aporte en materia laboral.

La resolución completa puede leerse aquí.

 

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