A continuación, Todo Riesgo informa las resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) publicadas en el Boletín Oficial:
– La SSN consideró que corresponde modificar, en forma transitoria y hasta el ejercicio contable finalizado el 30 de junio de 2020, el factor de corrección de la tasa testigo de inversiones, tanto para seguros de rentas vitalicias previsionales como para las pólizas de seguro de retiro voluntario contratadas en pesos.
En función de ello, la SSN modificó el punto del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) en el que se considera que las entidades y personas sujetas a la supervisión deben presentar el cálculo de la cobertura establecida en el artículo 35 de la Ley Nº 20.091, conjuntamente con los estados contables anuales y los de período intermedio. El cálculo de la cobertura debe presentarse conforme el anexo generado mediante el sistema SINENSUP, suscripto por el presidente y síndico. Además, las aseguradoras deben cubrir en su totalidad los importes consignados en sus estados contables en concepto de “Deudas con asegurados”, “Deudas con reaseguradores” y “Compromisos técnicos”, deducidas las disponibilidades líquidas constituidas en el país y los depósitos de reservas en garantía retenidos por los reaseguradores, con las inversiones admitidas por el RGAA. Por su parte, las reaseguradoras deben cubrir en su totalidad los importes consignados en sus estados contables en concepto de “Deudas con aseguradoras”, “Deudas con retrocesionarios” y “Compromisos técnicos”, deducidas las disponibilidades líquidas y la reserva de estabilización, con las inversiones admitidas por la presente reglamentación.
Establecen también que hasta el cierre del ejercicio contable finalizado el 30 de junio de 2020, el coeficiente de corrección para la obtención de la tasa testigo se verá reducido en un 50%. Esta modificación alcanza a la tasa testigo aplicable a las rentas vitalicias previsionales para pólizas emitidas en pesos dispuesta por la Circular Nº 4.581 y las Comunicaciones Nº 1.172 y 1.691, como así también para la tasa testigo de pólizas de seguro de retiro voluntario emitidas en pesos definida en la Resolución N° 38.428 del 30 de junio de 2014. Estas disposiciones serán de aplicación a partir del mes de septiembre de 2019.
Para leer la Resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/217417/20190926 (Resolución Nº 871).
– Aperciben a Starr Indemnity & Liability Company (Sucursal Argentina) (Resolución Nº 875).