Un pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial contradice a la Corte Suprema de Justicia y menciona a la SSN

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial cuestionó a la Corte Suprema de Justicia y postuló que “no pueden recurrirse” las sentencias del fuero por ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, informó Diario Judicial. Este pronunciamiento ocurre la misma semana en la que el máximo tribunal rechazó los planteos de la Asociación de Magistrados y la Defensoría General de la Nación que pretendían suspender o dejar sin efectos la aplicación del traspaso. Desde la cámara también remarcaron que es alzada para la revisión de decisiones adoptadas por organismos nacionales, como “las resoluciones definitivas de carácter particular de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y las multas aplicadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a las entidades aseguradoras”.

Error

De este modo, los jueces Alejandra Tevez, Héctor Chómer, María Guadalupe Vásquez, Eduardo Machin, Alfredo Kölliker Frers, María Elsa Uzal, Pablo Heredia, Gerardo Vassallo y Ernesto Lucchelli expresaron que “constituye un evidente error someter las decisiones de la Justicia nacional al control de un tribunal instituido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya competencia material no coincide de ninguna manera con la legalmente asignada a las cámaras nacionales de apelaciones”.

En esta línea de pensamiento, los camaristas advirtieron que ellos y sus colegas nacionales “con asiento en la capital de la República siguen siendo tales (nacionales) y equiparables a todos los efectos a los jueces federales y, además, no pueden asimilarse a los jueces locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por lógica implicancia, no es posible colocar al Superior Tribunal de Justicia de esta última como órgano revisor de las sentencias de aquellos sin incurrir, al mismo tiempo, en un rompimiento de las fronteras que hay entre la jurisdicción nacional y la local”.

“En otras palabras, los jueces de la Ciudad de Buenos Aires que integran su actual justicia ordinaria, por su carácter federal pertenecen a la Nación y allí deben permanecer. Toda pretensión contraria vulnera las disposiciones constitucionales federales, debiendo entenderse ella como el resultado, en todo caso, de erróneas conclusiones derivadas de confusiones conceptuales que omiten la ubicación apropiada de la autonomía local que, en la delimitación constitucional, no altera las competencias de la Nación para la aplicación de las normas de fondo y por ende tampoco la organización de los fueros correspondientes”, continuaron, en un texto reproducido por Diario Judicial.

Fueros

En cuanto al rol del fuero, los jueces comerciales resaltaron que su competencia “tiene proyección jurídica, económica, patrimonial, humana y social fuera del ámbito de la capital de la República con implicancias que, en verdad, pueden ser según los casos nacionales e incluso regionales o provinciales”. Asimismo, advirtieron: “No meditar sobre ello lleva a consecuencias prácticas insostenibles”.

También remarcaron que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial “es alzada para la revisión de decisiones adoptadas por organismos nacionales” al entender “en los recursos intentados contra las resoluciones particulares y generales dictadas por la Inspección General de Justicia, las resoluciones definitivas de carácter particular de la Superintendencia de Seguros de la Nación y las multas aplicadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a las entidades aseguradoras”.

Y añadieron: “Evidentemente, el control de los actos de la administración pública nacional antes referidos y de otros que por razón de brevedad no se han mencionado, no pueden ser objeto de revisión por un tribunal local ‘no nacional’ como es el Superior Tribunal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Levinas

En uno de los tramos más fuertes del plenario, la Cámara Comercial subrayó la “gravedad institucional” originada por el fallo “Levinas”, aunque reconoció también los efectos de su postura. “Pero honestamente interpretamos que no seguir en el futuro la doctrina de la Corte Suprema (…) en el caso ‘Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaias s/ incidente de incompetencia’, es el camino correcto, el único que queda para someter la cuestión al imperio de la Constitución y de leyes que se encuentran vigentes y que no han sido declaradas inconstitucionales”, señalaron los magistrados.

“Entre seguir un fallo erróneo del Alto Tribunal sometiéndonos ciegamente a su autoridad y decidir de acuerdo con lo que juzgamos correcto, elegimos lo último. Si de otro modo fuera, traicionaríamos nuestra conciencia, resignando a la par el ejercicio independiente de las magistraturas que ejercemos en nombre del pueblo de la Nación”, remató.

Más fundamentos

La jueza María Elsa Uza, ampliando fundamentos, también destacó las “graves consecuencias institucionales que para la Justicia nacional, para el Ministerio Público Fiscal y para el Ministerio Público de la Defensa”, y que además provoca “una evidente incerteza jurídica y un general desconcierto institucional entre los actores del sistema judicial, así como una distorsión y artificial dilación de los procesos, sólo en perjuicio de los justiciables, que dañan gravemente la integridad del tejido institucional de la República”. Cabe señalar que la camarista Matilde Ballerini no suscribió la decisión por encontrarse en uso de licencia.

El pronunciamiento completo puede leerse aquí.

 

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