Aclaraciones respecto de la presentación de los estados contables al 30 de septiembre

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presentación estados contables septiembre 2026

Mediante una circular publicada hoy, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) realizó aclaraciones respecto de la presentación de los estados contables al 30 de septiembre de 2026.

Fecha de vencimiento

El punto 39.8.2 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) establece que la presentación de los estados contables ante el organismo debe efectuarse, para las aseguradoras, dentro de los 45 días corridos siguientes al cierre del ejercicio/período correspondiente, y para las entidades reaseguradoras, dentro de los 60 días corridos siguientes al cierre del ejercicio/período correspondiente.

En consecuencia, el vencimiento para la presentación de los estados contables correspondientes al período cerrado el 30 de septiembre de 2026 opera el sábado 14 de noviembre para las aseguradoras y el domingo 29 de noviembre para las reaseguradoras.

Asimismo, se recuerda que, conforme la última modificación al Reglamento de Procedimientos Administrativos (RPA), aprobado por el decreto 1759/1972 (t.o. 2017), en los expedientes electrónicos en los cuales se utilice la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) u otra que permita la carga de documentación durante las 24 horas de todos los días del año, no resulta de aplicación el artículo 124 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (conf. artículo 20, Capítulo III, decreto 695/2024).

En virtud de ello, no resulta aplicable el plazo de las dos primeras horas de gracia para la presentación de los estados contables.

Capital a acreditar por ramos

Por otra parte, en relación con el capital a acreditar por ramos previsto en el punto 39.1.1.1 del RGAA, la resolución 24/2025 establece en su artículo 4 que, para la presentación de los estados contables al 30 de septiembre de 2026, deberá acreditarse el 100% del capital único, equivalente a 750 mil unidades de valor adquisitivo (UVA). En consecuencia, se informa que los valores correspondientes al 30 de septiembre ascienden a:

– Para las entidades aseguradoras: 1.603.860.000 pesos.
– Para las entidades reaseguradoras: 8.019.300.000 pesos.

La circular completa se puede leer y descargar aquí.

 

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