El seguro frente a los recientes hechos de violencia que afectaron a locales comerciales

2378
perona intēgrity seguros hechos violencia locales comerciales
Marcelo Perona, gerente técnico de Intēgrity Seguros.

Dada la situación que estamos viviendo de reiterados hechos de violencia que afectan a locales comerciales, y en función de las consultas de los productores al respecto, vemos muy necesario aclarar qué sucede con las coberturas de las pólizas.

Está sucediendo que grupos de personas atacan a comercios, rompiendo lo que encuentran a su paso e inclusive levantando persianas, y se llevan lo que encuentran dentro, pudiendo además generar incendios. Dos hechos visibles se destacan: el daño y la sustracción.

Daño

El daño se produce al querer entrar al local comercial para efectivizar su cometido y puede estar seguido de otros daños maliciosos que pueden incluir hasta incendio. En estos casos, el primer daño de romper los accesos al local y sustraer el contenido estaría cubierto por robo (en general, hasta el 15% de la suma de robo) si tuviera suma asegurada en esta línea de riesgo. En efecto, recuerden que se cubre el daño ocasionado para cometer el delito. El resto de los daños que pudiera suceder estaría cubierto por la cobertura básica de incendio por algunas de las definiciones que correspondiera: tumulto popular, vandalismo, malevolencia, etc.

Se transcribe la parte que nos ocupa de la descripción de la cobertura de incendio, válida para pólizas de incendio puras; todo riesgo operativo (TRO); y comercio:

Riesgo cubierto

2: El asegurador indemnizará los daños materiales causados a los bienes objeto del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. Se entiende por fuego toda combustión que origine incendio o principio de incendio.

3: El asegurador indemnizará también todo daño material directo, producido a los bienes objeto del seguro por:

a) Hechos de tumulto popular, huelga y lock-out, incluidos los hechos de terrorismo originados en los referidos acontecimientos.

b) Otros hechos de vandalismo, terrorismo y malevolencia, aunque no se originen en las circunstancias del inciso a) y siempre que no formen parte de hechos de guerra civil o internacional, rebelión, sedición o motín, o guerrillas.

Las definiciones de los hechos cubiertos se encuentran en la Cláusula de Interpretación de las pólizas:

Cláusula de Interpretación

5°) Hechos de tumulto popular

Se entienden por tales los hechos dañosos originados a raíz de una reunión multitudinaria (organizada o no) de personas. En la que uno o más de sus participantes intervienen en desmanes o tropelías, en general sin armas, pese a que algunos las emplearen. Se entienden equivalentes a los hechos de tumulto popular otros hechos que encuadren en los caracteres descriptos, como ser alboroto, alteración del orden público, desordenes, disturbios, revuelta, conmoción.

6°) Hechos de vandalismo

Se entienden por tales los hechos dañosos originados por el accionar destructivo de turbas que actúan irracional y desordenadamente.

Finalmente, es de aclarar que el daño tendrá la misma modalidad que la cobertura básica: prorrata/primer riesgo sea el caso de la póliza que nos ocupe.

Sustracción

Como se vio, una vez dentro del local comercial, las personas se llevan todo lo que encuentran. Este es un hecho de robo y estará cubierto por tal riesgo en la medida en que el cliente tenga suma asegurada a los bienes asegurados.

La cobertura de robo incluye estos hechos de la siguiente manera:

Inclusión en la cobertura

El asegurador amplía su responsabilidad dentro de los riesgos cubiertos en la presente póliza, cuando el siniestro se produzca como consecuencia de hechos de tumulto popular, huelga, lock-out o terrorismo, siempre que no formen parte de hechos de guerra (civil o internacional), rebelión, sedición, motín o guerrilla. Esta ampliación de cobertura se otorga con las otras limitaciones y exclusiones establecidas en las condiciones generales comunes, especiales, específicas y particulares y además con la expresa exclusión de los daños o pérdidas causadas directa o indirectamente por secuestro, requisa, incautación o confiscación realizados por la autoridad o fuerza pública o en sus nombre.

Es importante saber que la suma asegurada de robo incluye el 15% de daños ocasionados para cometer el delito.

Esta sería entonces la síntesis de las coberturas.

Importante

Es muy importante saber que los siniestros no siempre son los mismos. Es menester conocer cómo ocurrieron los hechos y analizar los textos de las pólizas. Los siniestros no son iguales y las pólizas que hoy tiene el mercado pueden ser distintas. Recomendamos que se lean muy bien los textos, las coberturas, los adicionales, cláusulas particulares, exclusiones, ampliaciones, limitaciones y deducibles. Si bien las compañías analizarían estos casos en forma similar, algunas podrán tener coberturas limitadas o más restringidas.

Segundo tema no menos importante: conocer cómo está caratulada la causa. Si es por robo, todo se simplifica en la medida en que nuestro cliente tenga suma asegurada en esta línea de riesgo. En cambio, si es por saqueo, un concepto no tipificado, se complicará un tanto la cobertura.

Es importante que los comerciantes en las zonas propensas a estos hechos refuercen las medidas de seguridad (en la medida de lo posible) y, eventualmente, que reduzcan momentáneamente sus stocks.

Columna escrita por Marcelo Perona, gerente técnico de Intēgrity Seguros.

 

Seguinos en las redes:

LinkedIn: https://bit.ly/TodoRiesgoLinkedIn

Twitter: https://bit.ly/TodoRiesgoTwitter

Facebook: https://bit.ly/TodoRiesgoFacebook

YouTube: https://bit.ly/TodoRiesgoYouTube