Monopatines eléctricos: requisitos para circular con seguridad

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Las congestiones de tránsito son cada vez más frecuentes en las ciudades, y también la búsqueda de medios de transporte alternativos que permitan ganar tiempo. Están los que optan por la bicicleta, pero también creció el número de motos. Y en la última década aparecieron nuevos dispositivos de movilidad personal, entre los que se destacan los monopatines o patinetes eléctricos.

Monopatines eléctricos

Los monopatines eléctricos tienen ventajas como movilidad personal: no contaminan, son económicos y fácilmente portables por lo que no requieren estacionamiento y, además, son silenciosos. Sin embargo, sus conductores, vulnerables al no tener carrocería protectora, están protagonizando siniestros, muchas veces univehiculares pero otras veces involucrando a peatones y a vehículos.

Algunas creencias de los usuarios de monopatines eléctricos atentan contra una movilidad segura: por ejemplo, no auto percibirse como conductores de un vehículo. Por eso resulta importante, para la seguridad de todos, tener en cuenta los requisitos para circular impuestos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Consejos de seguridad

“Desde Luchemos por la Vida, aconsejamos realizar el curso gratuito Conduciendo por la Vida para comprender los temas clave para una movilidad segura en el sistema del tránsito”, comentaron desde la institución.

Además, es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • Es obligatorio el uso de casco (puede ser de ciclista certificado).
  • Solo puede viajar el usuario, sin transportar cargas, animales ni otras personas.
  • Pueden circular por las calles y avenidas, salvo disposición en contrario de las autoridades.
  • No pueden circular por las veredas, zonas exclusivas de peatones, rutas, autopistas y semiautopistas.
  • Se prohíbe el uso de teléfonos móviles, auriculares o cualquier otro sistema de comunicación.
  • Se prohíbe la conducción bajos los efectos de alcohol u otras drogas.
  • La edad mínima para conducir es 16 años.
  • Se recomienda el uso de elementos de visibilidad.
  • La velocidad máxima para circular (limitada por el vehículo) debe ser 30 km/h. (en CABA es de 25 km/h).
  • Puede exigirse un seguro de responsabilidad civil.

Columna escrita por Luchemos por la Vida.

 

 

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