Rechazan demanda de una joven que circulaba en una moto a exceso de velocidad, sin medidas de seguridad ni seguro

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La Sala Primera en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, rechazó una demanda por los daños y perjuicios que sufrió una joven que era transportada en la moto de un familiar cercano. A pesar de tener prioridad de paso en el cruce donde ocurrió el accidente, circulaban a exceso de velocidad y sin casco, patente, seguro y carnet, informaron desde Diario Judicial.

El accidente de tránsito ocurrió en 2019, cuando la demandante -entonces menor de edad- era transportada como acompañante en una moto conducida por su tío. El rodado impactó contra una Pick Up, conducida por el demandado. El hecho provocó que la joven saliera despedida y cayera con su rostro, perdiendo piezas dentarias con hematomas y golpes.

Primera instancia

En primera instancia, se hizo parcialmente lugar a la demanda contra el chofer del vehículo y contra el conductor de la motocicleta, que fuera citado por el demandado y la citada en garantía. Se dispuso una suma en concepto de indemnización por incapacidad sobreviniente, gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, y daños no patrimoniales.

De acuerdo con Diario Judicial, el demandado y la aseguradora culpaban al conductor de la moto por exceso de velocidad y otras faltas. Según el informe policial, la víctima iba sin casco en una moto. Asimismo, la pericia accidentológica determinó que la prioridad de paso era de la motocicleta, pero ambos vehículos superaron la velocidad permitida. La moto embistió a la camioneta.

A esto se sumó que el motociclista no tenía licencia de conducir ni dominio ni seguro, asi como también manejaba sin casco. Por estas razones, la magistrada de grado distribuyó la responsabilidad del accidente en un 40% para el motociclista (tercero) y 60% para el demandado.

Tribunal

En este marco, el tribunal -por mayoría- admitió los recursos del demandado y la aseguradora citada en garantía contra la sentencia de primera instancia. Esta se revocó y, en consecuencia, se hizo lugar a eximición de responsabilidad de culpa de la víctima planteada, rechazando la demanda en todas sus partes.

Los camaristas advirtieron la “inobservancia” de las pautas de conducta preventiva por parte del conductor de la moto frente a un cruce de una intersección no semaforizada. Lo hizo “aún contando con prioridad de paso en la ocasión, puesto ello de manifiesto en el exceso de velocidad que desplegaba al producirse la colisión, lo que corrobora a la par y presuncionalmente no haber disminuido la misma previamente y en instancias de aproximarse al cruce de arterias”.

Sentencia

También hicieron hincapié en la “carencia de licencia habilitante del conductor del birodado”, lo que “no hace más que corroborar su impericia”. En cuanto a las lesiones, se advirtió que la joven “no contaba con casco protector en su cabeza al momento de la colisión, localizándose las lesiones sufridas en su boca, que hubieran podido evitarse o disminuirse de modo evidente, de usar un casco de seguridad homologado integral, que brindan protección en la cabeza, facial, la mandíbula y el mentón”.

El fallo completo puede leerse y descargarse aquí.

 

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