Accidentes Personales Colectivo, un producto de Grupo San Cristóbal

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Mauricio Abdala, jefe de Marketing del Segmento Empresas de Grupo San Cristóbal.

Mauricio Abdala, jefe de Marketing del Segmento Empresas de Grupo San Cristóbal, conversó con la revista Todo Riesgo acerca de Accidentes Personales Colectivo, el producto estrella de la compañía para 2025.

“El seguro de accidentes personales está orientado a profesionales cuentapropistas, trabajadores independientes que queden exentos de la cobertura de riesgos del trabajo y quieran o les sea requerido un seguro ante accidentes. Alcanza también a empresas, organizaciones o conjuntos de personas que busquen un seguro complementario para sus actividades laborales educativas o recreativas”, explicó el ejecutivo.

Coberturas básicas

Además, Abdala indicó cuáles son las coberturas básicas del producto:

– Muerte: se cubre la muerte del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro.
– Invalidez permanente: el riesgo amparado es la invalidez permanente del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente. La invalidez podrá ser total o parcial.

Coberturas y servicios adicionales

Asimismo, el directivo puntualizó las coberturas y servicios adicionales:

– Reembolso de gastos médicos: esta cobertura adicional tiene por objeto cubrir los gastos de asistencia médico-farmacéutica (AMF) en que haya incurrido el asegurado como consecuencia inmediata de un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro.
– AMF Prestacional: el riesgo amparado es el de la prestación de los servicios médicos requeridos por el asegurado en la institución que determine el asegurador. Se incluye atención médica y/o farmacéutica; consultas médicas, internaciones clínico-quirúrgicas especializadas de alta complejidad y domiciliaria; intervenciones quirúrgicas y no quirúrgicas; prácticas de diagnóstico; y prácticas terapéuticas de baja, media y alta complejidad médica.
– Reembolso de gastos por prótesis, órtesis e implantes quirúrgicos: se abonará contra la presentación de una factura y/o comprobante de pago respectivo los gastos por prótesis, órtesis e implantes quirúrgicos.
– Renta diaria por internación: indemnización diaria cuando la internación del asegurado se produzca como consecuencia inmediata de un accidente ocurrido durante la vigencia del seguro.
– Reembolso de gastos de sepelio: se cubren los gastos de sepelio incurridos ante la muerte del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente.

Requisitos de contratación

Los requisitos de contratación son simples. El Departamento de Suscripción necesita datos básicos del tomador, del riesgo y de la forma de pago para la emisión de la póliza”, informó el jefe de Marketing del Segmento Empresas de Grupo San Cristóbal. Los detalló a continuación:

– Datos del tomador: nombre y apellido/razón social, CUIL, domicilio, localidad, provincia y código postal.
– Datos del riesgo: actividad, cantidad de asegurados, fecha de nacimiento de ellos, ámbito de cobertura, sumas asegurables, coberturas, vigencia e información relativa al riesgo a asegurar en caso de corresponder.
– Datos del pago: forma de pago y cantidad de cuotas.

Sumas aseguradas

Por otra parte, Abdala señaló que los productores asesores de Grupo San Cristóbal pueden emitir de manera automática hasta los siguientes límites de suma asegurada por cobertura:

– Muerte e invalidez permanente (total o parcial): 150 millones de pesos.
– Reembolso de gastos médicos: 20 millones de pesos.
– Asistencia médico prestacional: 25 millones de pesos.
– Reembolso de gastos por prótesis, órtesis e implantes quirúrgicos (sólo con AMF Prestacional y es el 10% de dicha cobertura).
– Renta diaria por internación (sólo con AMF Prestacional): 20 mil pesos.
– Reembolso de gastos de sepelio: 1,5 millones de pesos.

Advirtió que cualquier suma asegurada mayor deberá ser canalizada a través del Departamento de Suscripción.

Diferencial

Refiriendose a las características diferenciales del producto, el ejecutivo comentó que Grupo San Cristóbal diseña diferentes modalidades de contratación dependiendo de las necesidades particulares de cada cliente: 24 Horas, Alcance Mundial; Jornada Laboral; Jornada Laboral + Trayecto In Itinere; Prácticas Deportivas; y Jornada Escolar.

“Por otro lado, en nuestra modalidad prestacional, contamos con una amplia red de establecimientos de asistencia médica especializada en todo el país para atender lesiones que los asegurados sufran en el ejercicio de su profesión o trabajo y que sean certificadas por un médico. Asimismo, nos encontramos trabajando en la incorporación de nuevos prestadores con el objetivo de alcanzar un mayor posicionamiento al brindar una oferta más competitiva en el mercado”, añadió.

“En cuanto a nuestro modelo de atención, reconfiguramos nuestro servicio para siniestros con el objetivo de otorgar un servicio diferencial y de cercanía. Habilitamos el canal de denuncia telefónico 0810-222-8887 y 0810-888-8889, desde el cual operadores de emergencia prestacional de San Cristóbal Seguros atenderán las consultas y pedidos de los asegurados”, destacó el directivo.

Comercialización y contacto

Para finalizar, Abdala informó que “los canales de comercialización para nuestro seguro de accidentes personales son la red propia de productores asesores de seguros, organizadores o grandes brokers”.

Los interesados pueden contactarse con el centro de atención (0810-222-8887) de lunes a viernes de 9 a 16:30 horas.

 

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