Mediante la resolución 681/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) sustituyó el “Reglamento para la contabilización, ingresos y egresos de fondos e inversiones del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales” previsto en el artículo 1° de la resolución 358/2020 por el obrante en el anexo que integra la presente.
Asimismo, la SSN sustituyó el “Procedimiento reglamentario para la recomposición del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales a las entidades que operan con la cobertura de riesgos del trabajo” y el “Procedimiento reglamentario de la recomposición y compensación del FFEP” previstos en el artículo 2° de la resolución 507/2020 por los anexos I y II de la resolución 6981/2025. Asimismo, el ente de contralor derogó la resolución 583/2023.
FFEP
Lo dispuesto en la presente resolución, que se puede leer y descargar con sus anexos aquí será de aplicación a partir de los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2025 inclusive y subsiguientes.
“En esta oportunidad, corresponde reestablecer el giro de fondos ingresados a las aseguradoras con destino al FFEP a la cuenta de administración fiduciaria común para aquellas aseguradoras de riesgos del trabajo que se encuentren en una posición neta favorable al FFEP”, explicaron desde la SSN.
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