Fallo declara la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia que modifica el sistema

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El juez subrogante del Juzgado Nacional del Trabajo N° 41, Alejandro Aníbal Segura, dictó la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 57/2017 que exige con carácter obligatorio y excluyente que los trabajadores que sufran un accidente de trabajo deberán iniciar un procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

De hecho, el juez considera inconstitucional no sólo el DNU sino el nuevo régimen para riesgos del trabajo en el cual el gobierno nacional cifra expectativas para reducir la industria del juicio. En este sentido, Segura señala que su criterio no se modificará ni un ápice por la ley que establece lo mismo que el decreto. Recordemos que la reforma a la Ley de Riesgos del Trabajo ya fue aprobada por ambas Cámaras -Diputados le dio sanción el pasado 15 de febrero- pero todavía no fue promulgada por el Poder Ejecutivo, por lo cual no tiene número.

El fallo considera contrario a la Constitución Nacional y a los Tratados Internacionales de igual jerarquía el mecanismo establecido en la reforma al régimen de riesgos del trabajo porque “impide una acción judicial expedita”.

Para acceder al fallo completo, ingresar al siguiente link:

https://www.todoriesgo.com.ar/wp-content/uploads/2017/02/Fallo-Inconstitucionalidad-del-Decreto-de-Necesidad-y-Urgencia-N-572017.pdf