El Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes hizo lugar al recurso presentado por una aseguradora de riesgo de trabajo y ordenó recalcular el monto indemnizatorio de una trabajadora que sufrió un accidente laboral.
Así, el órgano de justicia correntino falló a favor de una ART, según informó Diario Judicial. Consideró que, tanto en primera instancia como en la Cámara, se fijó una indemnización mayor a la que correspondía para una empleada que sufrió un accidente laboral.
RIPTE
El desencuentro surgió cuando la ART denunció que, al momento de fijar el monto de la indemnización, se tuvo en cuenta la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores (RIPTE) vigente al momento de sentenciar y no el que estaba vigente al momento del accidente laboral, que sucedió en 2011.
El Máximo Tribunal provincial revocó las sentencias anteriores. Además, ordenó reenviar las actuaciones para que el último juez dicte nuevo fallo y calcule el monto de la prestación dineraria según la ley vigente al momento del acaecimiento del evento dañoso.
Conclusiones
Los miembros del Tribunal tuvieron especial consideración de la fecha en que ocurrió el hecho. Explicaron que “cualquier interpretación que signifique aplicar una ley a infortunios ocurridos con anterioridad a su vigencia carece de razonabilidad y logicidad en los términos del fallo de la Corte”.
El STJ resaltó “la correcta interpretación que debe darse al artículo 3 del Decreto N° 669, aclarando respecto de las leyes que la misma no debe efectuarse sobre la base indeliberada de su letra, sino estableciendo su versión técnicamente elaborada por medio de una sistemática, razonable y discreta hermenéutica que responda a su espíritu y precise la voluntad del legislador”.
El Alto Cuerpo concluyó “determinando el alcance temporal del Decreto N° 669 circunscribiéndolo a aquellas causas iniciadas estando vigente la Ley N° 27.348, cuyos efectos distorsivos aquél pretendió corregir”.
Seguinos en las redes:
LinkedIn: https://bit.ly/TodoRiesgoLinkedIn
Twitter: https://bit.ly/TodoRiesgoTwitter
Facebook: https://bit.ly/TodoRiesgoFacebook
YouTube: https://bit.ly/TodoRiesgoYouTube