ART indemnizará a mujer discapacitada tras el asesinato de su hermano

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Un trabajador rural de Cipolletti fue víctima de un homicidio en 2016 y su hermana, única familiar, quedó en situación de desamparo puesto que dependía de él. La mujer está en silla de ruedas luego de sufrir un accidente. A raíz de esto, la Cámara Laboral fijó una indemnización en función de su estado de vulnerabilidad que deberá pagar la ART, informó el portal La Mañana de Cipolletti.

Los hechos

Según se conoció, el hombre tenía 54 años y el 19 de mayo de 2016 regresaba de la chacra en la que desempeñaba tareas. Ya era de noche y en inmediaciones de la Ruta Nacional 151 y el paraje Lalor recibió un disparo de arma de fuego. Quedó tirado en un camino rural y le robaron la moto en la que se movilizaba. Murió después de estar internado durante tres semanas.

La aseguradora de riesgos del trabajo ofreció las prestaciones necesarias durante el tiempo en que permaneció hospitalizado. En consecuencia, el episodio fue categorizado como un accidente in itinere, que son los que ocurren en el trayecto entre el domicilio particular y el lugar de trabajo o viceversa. La legislación laboral ofrece cobertura para ese tipo de hechos.

Demanda

Luego de la muerte del peón rural, su hermana inició una demanda laboral y solicitó la indemnización por fallecimiento derivado de un accidente de trabajo. “En general ese tipo de compensación económica es percibida por hijos e hijas o en su defecto progenitores”, se explicó desde el portal de noticias.

Sin embargo, la hermana probó varias circunstancias en este caso. Primero, que era la única heredera ya que el hombre fallecido, al igual que ella, era huérfano y además no tenía pareja, ni hijos. Para acreditar esa situación ofreció la declaratoria de herederos, que es una resolución judicial del fuero civil.

También presentó testigos que aseguraron que los hermanos vivían en la misma casa. De hecho, la mujer dependía en un 100% del trabajador rural. Unos años antes, ella sufrió un accidente de trabajo que la dejó incapacitada y en silla de ruedas.

Por otro lado, un testigo declaró que la víctima del homicidio ayudaba económicamente a su hermana desde que se fue a vivir con él en 2014. Dio como ejemplo el pago de deudas, medicamentos y rehabilitación.

Dictamen

“Se entiende que el derecho habiente estuvo a cargo del trabajador fallecido cuando concurre en aquel un estado de necesidad revelado por la escasez o carencia de recursos personales, y la falta de contribución importa un desequilibrio esencial en su economía particular”, se señaló en el fallo. Los jueces aceptaron el reclamo de la mujer y fijaron una indemnización de casi 1,6 millones de pesos más intereses. La cifra deberá ser afrontada por la ART.

 

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