BOPREAL: una circular aclara cómo deben ser valuados por las entidades aseguradoras

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A través de una reciente circular, se puso en aviso a todas las entidades regidas a supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación que los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) emitidos por el Banco Central de la República Argentina (COMUNICACIÓN “B” 12695) se encuentran amparados bajo las mismas reglas que los títulos públicos emitidos por el Estado tanto para su contabilización, valuación y computabilidad en relaciones técnicas, definidas en los puntos 30, 35 y 39 del reglamento general de la actividad aseguradora.

 

 

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