Frente a la Resolución N° 1.083 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), publicada el lunes 2 de diciembre en el Boletín Oficial, a través de la cual se multa por la suma de 100 mil pesos y se inhabilita por el término de dos años a Finaer SA, desde la empresa emitieron un comunicado de prensa firmado por su presidente, Oscar Lema, que a continuación transcribimos:
“A todo el sector inmobiliario:
Nos dirigimos a todo el sector con el fin de aclarar y sobre todo transmitir tranquilidad sobre la Resolución emitida el pasado 27 de noviembre por la Superintendencia de Seguros, en la cual se pretende aplicar una multa e inhabilitar a la empresa por comercializar seguros de caución, lo cual es falso porque Finaer no es un seguro de caución.
A tales efectos informamos que:
1. En la misma resolución, en la página 2 del archivo que circuló, la misma Superintendencia de Seguros de la Nación dice:
‘Que analizado el descargo presentado a raíz del traslado conferido, se concluye que, con respecto a la operatoria referida a la ‘garantía para alquilar’, debe decirse que la misma no supone un seguro de caución propiamente dicho, sino el otorgamiento de fianza por parte de una sociedad anónima en el marco de los Artículos 1.574 a 1.598 del Código Civil y Comercial de la Nación’.
‘Que en consecuencia, este Organismo de Control no puede tener injerencia sobre quienes celebren contratos de fianza en los términos del Artículo 1.574 del Código Civil y Comercial de la Nación’.
2. Por lo tanto el cuestionamiento se circunscribe exclusivamente a la Garantía de Daños, producto que ya no comercializamos.
3. La Resolución administrativa de la SSN no tiene sentencia firme y Finaer cuenta con los mejores profesionales para apelar la misma, a fin de que esta vez un órgano judicial determine que se trata de una resolución abusiva y carente de todo sustento jurídico.
4. Como conclusión de todo lo expuesto, queremos transmitir tranquilidad a todo el mercado inmobiliario, con el que siempre hemos trabajado y conoce perfectamente nuestra seriedad y solvencia, informando que nuestra empresa está perfectamente habilitada para continuar garantizando contratos de alquiler a través de las fianzas y que nuestra solvencia está intacta para honrar los contratos ya firmados.
5. Que llegaremos hasta las últimas consecuencias jurídicas por el atropello que significó esta resolución, poniendo en duda, aunque sea por un día, la integridad de nuestra empresa.
6. Continuaremos difundiendo novedades al respecto y les pido a través de este medio, que difundan entre sus pares las conclusiones aquí expuestas, para contrarrestar la ola de falsedades e injurias que se han dicho de nuestra empresa, con el único objeto de difamarnos por la imposibilidad de competir lealmente”.