Avalancha: condena contra Boca Juniors, la AFA y la aseguradora

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La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una condena contra la Asociación Civil Club Atlético Boca Juniors y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), haciéndola extensiva a la aseguradora. Todo ello en los autos “K. R. J. c/ Club Atlético Boca Juniors y otro s/ daños y perjuicios” y como consecuencia de los daños que sufrió un hincha de fútbol en una avalancha.

Según informa Diario Judicial, el hecho ocurrió en el año 2011. El actor se encontraba como espectador del partido de fútbol protagonizado entre los equipos Club Atlético Boca Juniors y el Club Atlético Independiente, en el estadio del primero. Durante el encuentro se generó una avalancha que provocó la caída del demandante. Esto motivó que varias personas lo pisaran, sufriendo la fractura del tobillo izquierdo y fuertes golpes en la cabeza.

Por las lesiones, según consta en la causa, fue trasladado por terceros a un sanatorio. Allí recibió asistencia médica y le inmovilizaron toda la pierna izquierda con un yeso. Luego, lo intervinieron quirúrgicamente por la dolencia.

La sentencia de grado admitió la demanda y condenó en forma solidaria a la Asociación Civil Club Atlético Boca Juniors y a la AFA. La indemnización ascendió a 539 mil pesos con más los intereses respectivos, y se hizo extensiva en forma concurrente a la aseguradora.

Fundamentos

Las camaristas Gabriela Scolarici y Beatriz Verón explicaron que la responsabilidad del club demandado “resulta básicamente de que tenía a su cargo una obligación tácita de seguridad. Ya sea porque recibió algún provecho de la realización del encuentro de fútbol, o bien porque pudieron prevenir el daño”.

De este modo, las juezas destacaron que al accionante le bastaba con acreditar que sufrió un daño durante el encuentro deportivo. Al no haberse aportado elemento alguno que pueda contrarrestar dicha circunstancia y tornar viable la fractura del nexo causal, argumentaron, “las entidades organizadoras del evento demandadas en autos deben responder solidariamente por el reclamo promovido en su perjuicio, cuestión que se extiende a la citada en garantía”.

En cuanto a la responsabilidad civil de la AFA, las vocales concluyeron que deriva del control que “ella ejerce sobre la organización, la prestación y los beneficios de un espectáculo que produce riesgos para quienes asisten al mismo, es razonable si se juzgan sus consecuencias”.

Cabe recordar que meses atrás se conoció otro fallo de la Justicia condenando a un club de fútbol y la aseguradora por los daños de un hincha producto de una avalancha.

 

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