La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso en una reciente circular que las entidades aseguradoras deberán realizar la presentación correspondiente para la aprobación de planes y elementos técnicos y contractuales mediante la plataforma única de Trámites a Distancia (TAD) a través de los siguientes trámites, según corresponda:
– Aprobación de carácter particular.
– Aprobación de carácter particular conforme el sistema de pautas mínimas.
– Adhesión a aprobación de carácter particular (no aplicable a pautas mínimas).
– Aprobación de carácter general.
– Modificación / aprobación de carácter particular.
– Modificación / aprobación de carácter particular conforme el sistema de pautas mínimas.
– Modificación / adhesión a aprobación de carácter general.
“Habiendo sido convocadas las entidades aseguradoras por medio de las asociaciones y cámaras que aglutinan la actividad a una reunión explicativa del procedimiento de carga y presentación de planes por medio de la plataforma TAD y habiéndose producido las pertinentes y suficientes pruebas que avalan su correcto funcionamiento, se cumple en informar que dicho procedimiento será de implementación obligatoria a partir del 1° de enero 2019. La plataforma TAD será el único medio válido de presentación de cualquier trámite vinculado a la aprobación de planes y elementos técnicos y contractuales”, expresaron desde el organismo de control.
Para acceder a la circular completa, ingresar a https://www.todoriesgo.com.ar/wp-content/uploads/2018/12/Planes_de_Seguros.pdf.