A través de la Decisión Administrativa Nº 702, el jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, adoptó una serie de recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, algunas de las cuales impactan en el seguro.
En el Anexo II de la citada Decisión Administrativa, “se recomienda homogeneizar el sector de intermediación financiera y el seguro, excluyendo a los códigos 651220, 661121, 661920, 661999, 662010, 662090 y 663000 de esta instancia de la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP)”. Puntualmente, el código 651220 corresponde a seguros patrimoniales, por lo cual de momento se mantienen fuera de la ATP.
Dentro del código 651220 del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) se contemplan los servicios de seguros que cubren los siniestros que sufre el patrimonio del afectado. Por un lado, los servicios de seguros contra incendios, inundaciones, pérdida de bienes o daños contra los mismos, responsabilidad civil y robos. También los servicios de seguros de aeronavegación, crédito, ganado, transporte, mercaderías y casco, vehículos, etc.
Este código exceptúa los servicios de las aseguradoras de riesgos del trabajo, contemplados en el código 651210.
Argumentos
El informe técnico del Ministerio de Desarrollo Productivo sostiene que la intermediación financiera y los seguros son dos sectores que, hasta el momento, habían estado mayormente excluidos de la ATP.
En el caso concreto de los seguros se argumenta que “la siniestralidad cayó drásticamente producto de la fuerte contracción de la movilidad. Ello hace que los costos de las aseguradoras se hayan contraído significativamente tras el inicio del aislamiento preventivo y obligatorio. Además, se trata de sectores con un elevado potencial para el teletrabajo debido al alto uso de equipos informatizados por parte de sus trabajadores”.
Así, se recomienda que los códigos mencionados en la Decisión Administrativa Nº 702 queden, al igual que el resto de los códigos que forman parte de la letra “Intermediación financiera y seguros”, exceptuados de la elegibilidad de esta instancia de la ATP.
Programa ATP
El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) se creó mediante el Decreto 332 y fue modificado por el Decreto 376. Su objetivo es dar alivio económico inmediato a empresas y trabajadores afectados directamente por la caída de la actividad económica. Esto luego de las medidas de contingencia implementadas durante la emergencia sanitaria.
Entre otros beneficios, el Programa contempla:
- Posibilidad de postergar el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
- Reducir en hasta el 95% el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
- Salario Complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
- Crédito a tasa cero para personas adheridas al Monotributo y para trabajadores autónomos.
- Sistema integral de prestaciones por desempleo.
Ya podés seguirnos en nuestra nueva cuenta de LinkedIn: https://bit.ly/TodoRiesgoLinkedIn.