Mediante la resolución general 5.830/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) exceptuó de lo establecido en el Título I – Régimen de Emisión de Comprobantes Clase “A” de la resolución general 5.762 a las entidades financieras sujetas al régimen de la ley 21.526 y sus modificaciones, y a las entidades de seguros comprendidas en la ley 20.091 y sus modificaciones.
Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el boletín y resultarán de aplicación a partir del 1° de julio de 2026 inclusive.
“Las mencionadas entidades se encuentran sujetas a requisitos específicos de liquidez, solvencia y/o capitales mínimos que hacen a su habilitación para operar, los cuales se encuentran regulados y controlados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN)”, explicaron desde el ARCA.
La resolución completa se puede leer y descargar aquí.
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