Mediante la resolución 56/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) dejó sin efecto la autorización para afiliar y operar como ART, en todo el territorio argentino, que le fuera otorgada a Productores de Frutas Argentinas. En esa línea, el organismo dispuso la rescisión de los contratos de afiliación que los empleadores hayan celebrado con la aseguradora y que se encuentren vigentes al 31 de octubre de 2026, con efecto a partir de la hora cero del 1° de noviembre. Tómese razón en el Registro de Contratos de la SRT y apruébese la baja de la referida aseguradora en el Registro de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
Productores de Frutas Argentinas
“Las prestaciones derivadas de las contingencias ocurridas hasta la fecha de la rescisión de los contratos que la aseguradora deje de otorgar, serán atendidas por el Fondo de Reserva conforme lo previsto en el artículo 34, apartado 1 de la ley 24.557”, explicaron desde la Superintendencia.
Y añadieron que “a los efectos de garantizar el resguardo y la adecuada tutela de los derechos de los trabajadores beneficiarios del seguro de riesgos del trabajo y adoptar las medidas tendientes a asegurar la continuidad de la cobertura para los empleadores que pudieran verse afectados por la presente medida y por la consiguiente rescisión de su contrato, será de aplicación el procedimiento de asignación de oficio previsto en la resolución 322 de la SRT de fecha 28 de julio de 2016 y sus normas complementarias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 52, segundo párrafo de la ley 20.091 y el artículo 15 del decreto 334 de fecha 1 de abril de 1996”.
La resolución completa se puede leer aquí.
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