Nuevo Sistema de Pautas Mínimas en la industria del seguro

1968

La Superintendencia de Seguros de la Nación estableció las condiciones técnico-contractuales para las compañías de seguros con carácter particular para póliza específicas y condiciones generales para todos los ramos de acuerdo a un Sistema de Pautas Mínimas “que busca establecer distintos lineamientos estratégicos para lograr una mayor eficiencia en el desarrollo de la actividad aseguradora de todo el país. Se emitirá una Resolución General por ramo y/o cobertura para ser comercializada por las compañías de seguros en el nuevo sistema de autorización”, puntualizaron desde el organismo de control.

Las Pautas Mínimas en los seguros buscan “alcanzar principios de buena fe y la equidad de los derechos y obligaciones entre los agentes del mercado. Promueven la libertad de las condiciones contractuales que tengan en cuenta los perfiles de los asegurados y fomentan el uso de procedimientos modernos, ágiles y transparentes”.

Actualmente, se encuentran regulados por este nuevo método de control los seguros de robo y riesgos similares, seguros de vida individual, seguros de transporte nacional de mercaderías, y seguros de incendio.

Las presentaciones conforme al Sistema de Pautas Mínimas deberán constar de los siguientes elementos: solicitudes del seguro, denuncia de siniestro, condiciones contractuales, certificado de incorporación individual (en caso de tratarse de pólizas colectivas) y nota técnica.

La SSN “entiende como necesidad la importancia de establecer criterios regulatorios que permitan un control genuino en las operaciones de seguros y que favorezcan al buen funcionamiento de la industria local”.