A continuación, Todo Riesgo informa la resolución del Ministerio de Finanzas publicada en el día de la fecha en el Boletín Oficial:
– Establecen como monto del capital asegurado del seguro colectivo de vida obligatorio para el personal rural (ley 16.600) el equivalente a 5,5 salarios mínimos vitales y móviles, ajustándose el mismo conforme al último salario mínimo vital y móvil publicado en diciembre de cada año. La suma asegurada que resulte de la actualización anual entrará en vigencia a partir del 1º de marzo del año siguiente (Resolución 224-E/2017).