A través de la resolución 127 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación estableció que las entidades que operen en el ramo riesgos del trabajo deberán constituir, al cierre de cada ejercicio o período, la Reserva por Juicios Futuros Total hasta que culmine el plazo de cinco años desde la fecha de inicio de operaciones.
La resolución completa puede leerse aquí.
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