A través de la resolución 61 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó las “Medidas de seguridad en altura”. En ese sentido, la SRT estableció que, cuando se ejecuten trabajos en altura, los empleadores deberán adoptar las medidas de prevención que se detallan en los anexos de la resolución disponible aquí.
“Corresponde a este organismo dictar una norma que establezca medidas claras y eficaces para esta actividad riesgosa, a fin de resguardar la vida y la salud de los trabajadores en este tipo de tareas, procurando con ello reducir o eliminar los riesgos a los que están sometidos”, señalaron desde la superintendencia.
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