A través de la resolución 390 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció que en caso de renovación de la póliza, se debe consignar el número del Código Unico de Identificación de Póliza (CUIP) y el número de póliza que se renueva. En ese caso, se exceptúa de incluir el CUIP de los contratos de seguros que se correspondan al ramo riesgos del trabajo.
Por otra lado, la SSN dispuso que cuando se emitan renovaciones de pólizas donde no se modifique ni la cobertura ni las cláusulas que la integran, la aseguradora puede omitir el envío del texto completo de los elementos contractuales. En tal caso, las condiciones particulares deben incluir el número de la póliza que renueva, el CUIP y una leyenda que indique: “Se mantiene la validez de las condiciones contractuales acompañadas con la Póliza N°……../CUIP N°….. El asegurado puede requerir el texto completo de dichas condiciones en cualquier momento”.
La resolución completa puede leerse aquí.
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