A través de la Resolución N° 24 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) determinó la libertad de elección para asegurados en los bienes adquiridos mediante planes de ahorro y créditos prendarios.
Opciones
Así, en el primer artículo se establece que “en el supuesto de contratación de seguros en el marco de la financiación otorgada por préstamos y planes de capitalización y ahorro, el acreedor podrá establecer la cobertura mínima y deberá ofrecer un listado de al menos cinco compañías aseguradoras”. Luego, la SSN añadió que “los seguros accesorios a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro podrán comercializarse de manera directa por las aseguradoras o bien a través de los productores asesores de seguros o sociedades de productores asesores de seguros regulados por la Ley Nº 22.400, como así también mediante los agentes institorios autorizados”.
“En el supuesto que se comercialice el contrato de seguro a través de un agente institorio, quedará imposibilitado para actuar como tal en caso que este tenga un interés asegurable en el marco de la financiación otorgada por préstamos y planes de capitalización y ahorro”, señalaron en la resolución.
La resolución completa puede leerse y descargarse aquí.
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