Limitan a las aseguradoras la compra de títulos nominados en moneda extranjera

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A través de una circular emitida el pasado 29 de diciembre, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso que las operaciones de compra de títulos valores nominados en moneda extranjera deberán tener fundamento exclusivo en la constitución de reservas que respalden obligaciones en las citadas monedas y de ninguna manera constituir activos cuya cotización en los mercados estén sujetos a escenarios de alta volatilidad que pongan en riesgo la solvencia de las entidades.

Asimismo, el organismo de control considerará ejercicio anormal de la actividad aseguradora y sujeto a las sanciones correspondientes toda inversión que se aparte de los principios expuestos precedentemente o que tengan por objeto imposiciones de carácter especulativo al margen de los principios básicos prudenciales de la actividad aseguradora.

Con esta normativa se busca promover las inversiones en moneda local. También sacarle presión a la demanda del dólar MEP y CCL (contado con liquidación).

 

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