Se aprobó la Ley que modifica Ganancias y Monotributo, y que además crea nuevos impuestos a los juegos de azar y a las operaciones con dólar futuro, con aplicación a partir del 1° de enero de 2017. La Ley fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso y publicada hoy en el Boletín Oficial. Les recordamos las principales modificaciones que se establecen:
Ganancias
– Se mantiene la deducción por cónyuge, y se elevan un 23% las deducciones personales con respecto a los valores aplicables para el año en curso.
– Se establece una nueva escala de alícuotas -art. 90 de la Ley- que incorpora una mayor cantidad de tramos.
– Los hijos o hijastros serán deducibles, en tanto sean menores de 18 años.
– Se establecen nuevas deducciones en concepto de viáticos y alquileres de casa habitación.
– Se establece una nueva forma de calcular la incidencia del SAC en la forma de determinar el impuesto.
– Se establece un incremento adicional en las deducciones personales del 22% aplicable a los sujetos que se desempeñen en las zonas patagónicas.
Monotributo
– Se incrementan los importes máximos de facturación de cada categoría, pasando de $ 400.000 anuales a $ 700.000 para prestaciones de servicios, y de $ 600.000 a $ 1.050.000 en el caso de venta de bienes, como así también se incrementan en un 75% los importes del impuesto integrado aplicable.
– Se posibilita que los sujetos que hayan quedado excluidos de pleno derecho durante los doce meses inmediatos anteriores a la vigencia de las nuevas disposiciones puedan volver a adherir al régimen sin esperar el plazo de 3 años contados desde su exclusión.
Otros impuestos
– Se crea un impuesto indirecto sobre apuestas online y un impuesto extraordinario para operaciones con dólar futuro, y se crea la figura del responsable sustituto en el impuesto al valor agregado por operaciones en las que intervengan sujetos del exterior.