Convenio internacional sobre violencia y acoso laboral

1669

Nota escrita por Julio Díaz Gerardi, ingeniero asesor en Seguridad e Higiene en el Trabajo.

En el plano internacional se destaca que la conferencia general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), convocada en Ginebra el 10 de junio pasado por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, en su 108va. reunión (la del centenario), adoptó el 21 de junio último el Convenio 190, que podrá ser citado como el de la violencia y el acoso.

A efectos de ese convenio, la expresión “violencia y acoso” en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico e incluye la violencia y el acoso por razón de género.

Según el texto del convenio, la expresión “violencia y acoso por razón de género” designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.

El convenio resalta que todo país miembro de la OIT (la Argentina lo es), en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, deberá esforzarse por garantizar, entre otros aspectos, que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo se aborden en las políticas nacionales pertinentes, como las relativas a la seguridad y salud en el trabajo, la igualdad y la no discriminación, y la migración.

En el orden local

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) renovó la plataforma del Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo. El nuevo sitio, que aspira a convertirse en una referencia digital en la materia, implica la implementación de una mejor infraestructura tecnológica y un nuevo dominio: www.argentina.gob.ar/srt/observatorio-srt. Este observatorio fue creado con el fin de suministrar información de forma sistemática, actualizada y permanente para el estudio de las características, comportamiento, dinámica y tendencias de las condiciones de empleo, trabajo, salud y seguridad en pos de dar sustento al desarrollo de políticas y a la toma de decisiones de actores vinculados con el mundo del trabajo para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030 en materia de salud y trabajo decente.

Se recomienda también acceder al micrositio web de la SRT destinado a promover la prevención de los accidentes de trabajo. Esta herramienta digital pone especial énfasis en la difusión de iniciativas tendientes a reducir la siniestralidad laboral que lleva adelante ese organismo. Entre ellas, se encuentran el Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (PESE), el Programa para la Prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en PyMES, el Programa de Autoseguro, el Programa de Construcción y el Programa de Riesgos por Actividad. La implementación de dichos programas es de vital importancia para la reducción de la siniestralidad. De forma complementaria se hace foco en las acciones de control que aplica la SRT, por ejemplo, el relevamiento general de riesgos laborales, los sistemas de gestión en salud y seguridad, el mapa de riesgos del trabajo y los registros obligatorios. Se accede a este micrositio en https://www.argentina.gob.ar/srt/prevencion.