A continuación, Todo Riesgo informa las resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publicadas en el Boletín Oficial:
– Establecen que a los fines de definir las pautas y criterios de exposición y valuación de las disponibilidades, y a efectos de generar pautas claras en función a la importancia del rubro en la situación financiera y de solvencia de las entidades, resulta necesaria la modificación del Punto 39.1.2.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora. Para leer la resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/207008/20190507 (Resolución Nº 407).
– Autorizan a American Agricultural Insurance Company a operar como reaseguradora admitida en el territorio argentino (Resolución Nº 395 de la SSN).
– Inscriben en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros a Sicurezza Brokers (Resolución Nº 396 de la SSN).
– Inscriben en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros a AG360 Productores Asesores de Seguros (Resolución Nº 397 de la SSN).
– Inscriben en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros a Seguren (Resolución Nº 399 de la SSN).
– Autorizan a Galicia Seguros a operar en el ramo vehículos automotores y/o remolcados (Resolución Nº 400 de la SSN).
– Autorizan a Por Vida Seguros a operar en el ramo ganado (Resolución Nº 401 de la SSN).
– Autorizan a Por Vida Seguros a operar en el ramo granizo (Resolución Nº 402 de la SSN).
– Autorizan a Federada Seguros a operar en el ramo salud, con el plan denominado “Seguro modular de salud” (Resolución Nº 403 de la SSN).
– Establecen que para los contratos que vinculen a las ART con empleadores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley N° 26.844, sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, será de aplicación la alícuota del 2,93% sobre el salario mensual estipulado para la quinta categoría (personal para tareas generales con retiro). Si el empleado trabaja hasta doce horas semanales, el coeficiente de ajuste de la alícuota será del 40,5%; si trabaja de doce a 16 horas será del 64,8%; y si lo hace por más de 16 horas será del 100%. Para leer la resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/207015/20190507 (Resolución Conjunta Nº 1/2019 de la SRT y la SSN).